Las personas naturales en Colombia deberán presentar su declaración de renta, revise plazos para que no lo multen

La Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (Dian) espera que cerca de 4,8 millones de personas cumplan con la obligación tributaria en las fechas indicadas.

Desde este martes 9 de agosto y hasta el próximo viernes 19 de octubre las personas naturales en Colombia deberán presentar su declaración de renta. En esta oportunidad, la Dian definió el calendario tributario teniendo en cuenta los últimos dos dígitos de la cédula de ciudadanía del declarante.

Para llevar a cabo el proceso de manera exitosa es importante que efectúe la inscripción en el Registro Único Tributario (RUT) o actualice la información, de ser necesario. Además, debe tener habilitada su cuenta de usuario para acceder a los servicios en línea de la Dian y la firma electrónica, si es obligado virtual o voluntario. Por último, aliste todos los documentos necesarios para cumplir con su obligación.

Declaración de renta desde el martes 9 de agosto

Bajo los lineamientos establecidos, deben hacerlo las personas cuyas cédulas terminen en los dígitos 01 o 02. El miércoles (10 de agosto) van aquellas que finalicen en 03 o 04; el jueves (11 de agosto), 05 o 06; y el viernes (12 de agosto), 07 o 08.

A continuación encontrará el calendario completo:

Independientemente de las fechas, usted puede declarar renta antes de que se cumpla el plazo máximo para que no corra el riesgo de recibir multas o sanciones. Recuerde que el hecho de declarar renta no significa que tenga que pagar un saldo.

¿Quiénes deben declarar renta en Colombia 2022?

  • Si el patrimonio bruto al término del año gravable 2021 fue igual o superior a $ 163.386.000.
  • Ingresos totales del respectivo ejercicio gravable sean iguales o superiores a $ 50.831.000.
  • Consumos mediante tarjeta de crédito sean iguales o superiores a $ 50.831.000.
  • Un total de las compras y consumos sean igual o superior a $ 50.831.000.
  • Valor total acumulado de consignaciones bancarias, depósitos o inversiones financieras sean igual o superior a $ 50.831.000.

Tomado de: Pulzo.com