Vía libre a pico y placa para vehículos de servicio público especial en Bogotá

El alcalde de Bogotá, Enrique Peñalosa, anunció que firmó el decreto 248 que establece pico y placa para vehículos de servicio público especial. La medida comenzará a aplicarse el 14 de julio de manera pedagógica.

De acuerdo con el decreto, la restricción es para automóviles, camionetas o camperos con capacidad para 4 pasajeros, sin incluir el conductor, y será” conforme al último dígito de la respectiva placa, entre las 5:30 de la mañana y las 9 de la noche”.

Aquellos que no cumplan la norma serán sancionados con una multa de 344.700 pesos (equivalente a 15 salarios mínimos legales diarios vigentes), además de la inmovilización del vehículo.

El decreto además prohíbe la expedición de servicios especiales de circulación.

Según cifras de la Secretaría de Movilidad, en Bogotá los vehículos camioneta y campero presentaron aumentos representativos en matrícula entre marzo de 2015 y enero de 2016.

Las camionetas aumentaron en 737 vehículos (27%) y los camperos aumentaron en 252 (53%).
De los 663.196 viajes en un día típico en transporte especial en la capital, cerca del 7,4% emplean automóvil, camioneta o campero.

Cerca del 65% de los automóviles, camionetas y camperos de servicio especial con capacidad para 4 pasajeros (sin incluir conductor) que circulan en la ciudad, no se encuentran matriculados en la capital.

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