Corte Suprema de Justicia da vía libre al proceso de revocatoria del Alcalde de Bogotá

La Corte Suprema de Justicia consideró que el proceso de revocatoria contra el alcalde de Bogotá, Enrique Peñalosa, puede seguir su curso, y determinó que, según las normas vigentes, no existe una ley o sentencia que “indique que en la motivación de una iniciativa de revocatoria de mandato exista la obligación, por parte de los portavoces, de probar las circunstancias en las que fundan su inconformismo”.

Así lo determinó la corporación al confirmar una decisión del Tribunal Superior de Bogotá.

El alcalde de Bogotá, Enrique Peñalosa había presentado una tutela para que se frenara su revocatoria afirmando que se le estaban vulnerando sus derechos al debido proceso, a la defensa y a ser elegido, así como el de la “representación efectiva de los 903.764 bogotanos que respaldaron su elección como alcalde mayor del distrito”.

Según Peñalosa, esos derechos se le vulneraron cuando la Registraduría Distrital del Estado Civil afirmó el pasado 12 de enero que los tres procesos de revocatoria en su contra cumplían “con el lleno de los requisitos legales”. 

Para el alcalde, la Registraduría omitió el deber de “corroborar el cumplimiento efectivo de las exigencias legales, concretamente con lo que tiene que ver con la verificación de la exposición de motivos que sustentan la propuesta”.

A su juicio, los procesos de revocatoria no son válidos porque no presentan razones válidas que acrediten “el supuesto incumplimiento del programa de gobierno del señor Alcalde”. Por el contrario, afirma que los promotores de la revocatoria “se limitaron a hacer descalificaciones personales, a emitir juicios subjetivos sobre la gestión realizada y a presentar toda clase de elementos que resultan completamente impertinentes para adelantar la revocatoria del mandato”.

Sin embargo, la Corte Suprema de Justicia no le dio la razón considerando que el respeto por la democracia y la soberanía popular implica que los ciudadanos tienen el derecho no sólo de elegir a sus representantes, sino también de controlar su gestión pues “la soberanía reside exclusivamente en el pueblo, del cual emana el poder público”.

En ese orden de ideas, el alto tribunal consideró que la revocatoria del mandato es un derecho de todos los ciudadanos.

También aseguró que las leyes han puesto reglas claras sobre cuáles son los requisitos que se deben cumplir para iniciar ese proceso en contra de un mandatario.

La Corte asegura que, si bien las normas legales y diferentes fallos de la Corte Constitucional han reconocido la importancia y trascendencia de exponer las razones para fundamentar una iniciativa de revocatoria del mandato, “también es cierto que no señalaron formalidades específicas o cargas adicionales que debieran cumplir los promotores para manifestar su inconformidad con la gestión del mandatario”. 

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