las fotomultas solo serán válidas si cumplen estos requisitos

Autoridades de tránsito deberán seguir requisitos para cobro de las llamadas “fotomultas”, advirtió la Corte Constitucional.

Las “fotomultas” deberán ser notificadas personalmente y mediante un correo certificado en los tres días siguientes a los hechos registrados y de incumplirse cualquiera de estos requisitos estas podrían ser anuladas o declaradas ilegales.
La Corte Constitucional consideró que se debe proteger el derecho al debido proceso y a la defensa en este tipo de situaciones.
 “La falta de notificación de los actos administrativos, implica que los afectados no tengan conocimiento de los pronunciamientos administrativos“, precisa la decisión.
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