Este es el aumento de los arriendos para 2016

Arriendos para 2016 subirán máximo el 6,77%

Este aumento será para los contratos de vivienda. Para los que tienen que ver con otros usos, el ajuste se realizará con base en la cláusula establecida en el contrato.

Uno de los datos más esperados por los propietarios de casas y apartamentos a comienzo de año es el de la inflación, pues a partir de esa cifra es que se realiza el ajuste del aumento en la renta que le cobrarán a sus arrendatarios.

Por eso, una vez publicado por el Dane el dato del costo de vida de los colombianos, más conocido como inflación, el ajuste en el arriendo para 2016 será máximo de 6,77%, una de las cifras más altas del último quinquenio.

De acuerdo con la firma Unifianza, “para contratos de arrendamiento de vivienda suscritos a partir del 10 de julio de 2003 y de acuerdo con el Artículo 20 de la Ley 820 de julio 10 de 2003, el canon de arrendamiento podrá incrementarse hasta el 6,77% , siempre y cuando no exceda el 1% del valor comercial, el cual según la Ley es equivalente a dos veces el avalúo catastral vigente”.

Y para contratos de arrendamiento de vivienda suscritos con anterioridad al 10 de julio de 2003, el canon podrá incrementarse hasta el 3.0% , “de conformidad con lo estipulado en el Artículo 42 de la Ley 820 de julio 10 de 2003”.

La firma Unifianza detalló en un comunicado de prensa que para contratos de arrendamiento diferentes a vivienda, el reajuste en el canon de arrendamiento “se realizará con base en lo pactado en la cláusula correspondiente a los incrementos del canon en el contrato suscrito entre las partes”.

María Clara Luque, presidenta de Fedelonjas, dejó claro que “si bien un incremento tan alto incentiva la inversión, también puede ocasionar movimientos en los contratos de arrendamiento de vivienda porque propiciaría que no se renovaran algunos acuerdos y los inquilinos salgan al mercado a buscar inmuebles más económicos”.

La empresaria dio ejemplos del ajuste: “Si usted suscribió el 2 de mayo de 2015 un contrato de arrendamiento sobre un inmueble urbano destinado para vivienda por un valor mensual de $800,000, debe esperar a la renovación del contrato que será en igual fecha de 2016 para reajustar el equivalente al 6,77%, es decir la suma de $54.160”.

Y explicó que “para contratos de arrendamiento suscritos antes del 10 de julio de 2003, el incremento del canon no podrá superar la meta de inflación fijada por el Banco de la República para el año 2016, es decir4,5%”.

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