Conozca las armas blancas que le generarán multas a quien las porte

Desde ya serán sancionados quienes lleven cuchillos, navajas y elementos similare

Caminar por la calle con una navaja, cuchillo, puñal, manopla, cachiporra o cualquier objeto que pueda considerarse como un arma blanca será suficiente razón para que la Policía lo detenga y lo obligue a hacer un curso pedagógico de hasta 6 horas para recordar que esos objetos ponen en peligro la vida de otros. Además le serán incautados los objetos. (Denuncian ataque con cuchillo en TransMilenio).

Así lo estipula el decreto 217, expedido esta semana y que comenzó a regir este viernes. La norma también obliga a someterse a un compromiso de buena conducta, tras lo cual será expulsado por los uniformados del bus, calle, estación, parque o lugar en el que se encuentre.

El decreto fue expedido por la Alcaldía después de que el general Humberto Guatibonza, comandante de la Policía Metropolitana de Bogotá, reveló el incremento de los atracos en los que se usan armas blancas para intimidar a las víctimas. En lo corrido de este año, informó, se han decomisado más de 180.000 elementos contundentes o cortopunzantes. (Video de ataque con cuchillo en cicloruta).

Según el análisis de la Policía, hay dos razones para este fenómeno que ya ha tenido consecuencias fatales para quienes se resisten al hurto.

La primera, la venta indiscriminada de estos elementos en las calles de la ciudad. La segunda, dijo Guatibonza, consiste en que los delincuentes, ante la prohibición del porte de armas de fuego implantado por esta administración en el 2012, han optado cada vez más por estos objetos.

Esto generó un pronunciamiento de la Secretaría de Gobierno, en el cual se anunció que tomaría medidas para prohibirlas.

¿Cuáles son los elementos prohibidos?

Cortopunzantes: cuchillos, puñales, puñaletas, navajas, machetes, garfios, chuzos, leznas, etc.
Contundentes: manoplas, cachiporras, mazos, hachas, martillos y similares.

Así es la restricción

Los operativos comenzarán a hacerse en sitios públicos o abiertos al público, como los buses del Sistema Integrado de Transporte Público (SITP), es decir, en los de TransMilenio y en los zonales; en los buses y colectivos viejos, y en el espacio abierto de toda la ciudad. También se incluirán los establecimientos públicos: colegios distritales, hospitales, equipamientos, parques, etc.

La medida se extiende a los vendedores de estas armas blancas que trabajen en esos lugares. Además, la Policía queda con la responsabilidad de hacer pactos con agremiaciones y asociaciones de comerciantes y de otros oficios y profesiones para realizar controles en sus establecimientos.

“No hay nada nuevo en ese decreto. Es una compilación de normas de la Policía que ya existían”, señaló Hugo Acero, experto en asuntos de seguridad.

Quien sea hallado más de dos veces por la Policía portando en el bolsillo, en la maleta o en cualquier parte alguno de estos objetos, considerados por las autoridades como armas blancas, será multado.

Pero el decreto no especifica cuál es el valor de esa multa ni si su monto está condicionado al número de veces en los que la Policía haya detectado ese comportamiento en un individuo.

Solo quienes los porten con fines de estudio o trabajo (como los obreros, maestros de obra, mecánicos o estudiantes de cocina, por ejemplo) y demuestren que así es podrán librarse de la sanción.

BOGOTÁ – el tiempo.com