Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte busca Contador Público

PROCESO DE EVALUACIÓN DE CAPACIDADES Y COMPETENCIAS PARA LA PROVISIÓN DE EMPLEOS DE LA PLANTA TEMPORAL DE LA SECRETARÍA DE CULTURA DE RECREACIÓN Y DEPORTE

I.   GENERALIDADES DEL PROCESO.

La Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte y el Departamento Administrativo del Servicio Civil Distrital –DASCD- convocan a concurso abierto de méritos para proveer dos (2) empleos de nombramiento temporal de la planta de empleos de la Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte – SCRD
Este concurso se desarrollará con el fin de garantizar los principios de mérito, libre concurrencia e igualdad en el ingreso, publicidad, transparencia, imparcialidad, confiabilidad, eficiencia y agilidad en el acceso al empleo público, después de agotar el orden establecido en la provisión de los empleos de carácter temporal conforma lo ha contemplado la sentencia C-288 de 2014 proferida por la Honorable Corte Constitucional.
En ese sentido, el presente proceso no genera derechos de Carrera Administrativa, motivo por el cual laSecretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte – SCRD no está obligada a adelantar las etapas establecidas en las normas de carrera.  Se desarrolla como una expresión transparente y de meritocracia, producto de los propósitos de la política de empleo digno y decente expresados en el actual “Plan de Desarrollo Distrital Bogotá Humana”.
Las fechas para las fases de la convocatoria, posteriores a la inscripción de candidatos, serán informadas oportunamente dependiendo de la cantidad de inscritos, dado que con base en esta información se deben determinar y garantizar los requerimientos de logística necesarios para adelantar las fases posteriores del proceso.
II. RECOMENDACIONES PARA LOS ASPIRANTES
El aspirante debe verificar cuidadosamente las etapas del proceso, al igual que el listado de perfiles de los empleos y sus requisitos.
Toda la información correspondiente al proceso y sus fases, será suministrada única, exclusiva y oportunamente a través de la página WEB del Departamento Administrativo del Servicio Civil Distrital –DASCD: www.serviciocivil.gov.co este es el único medio oficial para efectos de la presente convocatoria. Por tal motivo, se debe consultar frecuentemente para estar informado de los avances, citaciones y demás que se desarrollen en el proceso.
IMPORTANTE
Para efectuar la correspondiente inscripción, PREVIAMENTE debe consultar el archivo anexo en PDF denominado “PERFILES EMPLEOS”, en el cual aparece el código de cada uno de los empleos objeto de la convocatoria, la dependencia en donde deben prestarse las funciones,  requisitos de formación, experiencia y funciones.
III.  FASES DEL PROCESO
El concurso de méritos para la selección de los aspirantes a los empleos, tendrá las siguientes fases y puntajes:

No.

Fases del Concurso

Fecha

Carácter de la Fase

Ponderación

Mínimo Aprobatorio

Cálculo del Puntaje

1.

Inscripciones

24 y 25 de agosto de 2015

Obligatoria

Habilitante

No aplica

No aplica

No aplica

2.

Prueba sobre competencias básicas y funcionales

La definida por el DASCD

Eliminatoria

60%

21 respuestas correctas de 30

(( # respuestas correctas / # total de preguntas) * 100) * 70%

3.

Entrevista(a)

La definida por el DASCD

Clasificatoria

40%

No aplica

(Promedio del puntaje otorgado por los jurados) * 30%

4.

Entrega de resultados

La definida por el DASCD

No aplica

No aplica

No aplica

No aplica

Puntaje Mínimo Total Requerido (2 + 3)

70 puntos

(a) En la entrevista el puntaje de cada jurado se otorga sobre un total de 100 puntos.
1. INSCRIPCIONES: 
La inscripción a esta convocatoria se realizará únicamente a través de la página web del Departamento Administrativo del Servicio Civil Distrital – DASCD: www.serviciocivil.gov.co, desde las 8:00 horas del día 24 de agosto de 2015 y hasta las 17:00 horas del 25 de agosto de 2015, sólo se podrá realizar la inscripción en este horario.
Las inscripciones recibidas antes o después de los horarios y fechas establecidas, no serán tenidas en cuenta dentro del proceso. 
La inscripción por aspirante se efectúa mediante el registro en la página web señalada; por lo tanto, al realizarse más de una Inscripción, se ANULARÁ TODA INSCRIPCIÓN. Sólo será posible una inscripción por aspirante.
ATENCION!! En el momento de inscribirse, antes de seleccionar la opción definitiva de Enviar, deberá asegurarse de que la información consignada es la correcta y que la convocatoria es efectivamente la que usted ha seleccionado como opción. Este procedimiento es responsabilidad imputable solamente al aspirante. No es susceptible de modificación por parte del DASCD.
La Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte – SCRD realizará la revisión y verificación del cumplimiento de los requisitos mínimos establecidos para cada empleo, con base en la información registrada por el aspirante en su inscripción, la cual se asumirá como auténtica y veraz.
Esta revisión arrojará un resultado que será: CUMPLE o NO CUMPLE, lo cual permitirá determinar el listado de“Aspirantes Admitidos” que continuarán en el proceso.
La información registrada en la inscripción, deberá estar soportada por las certificaciones de estudio y experiencia (Las cuales serán solicitadas en el momento que determine la SCRD). Por lo tanto, los soportes deberán ser presentados conforme a lo establecido en el Decreto 785 de 2005 así:
EN CUANTO A LOS CERTIFICADOS DE ESTUDIO:
Los certificados de estudio y experiencia exigidos deberán presentarse en los términos establecidos en el Decreto Ley 785 de 2005 “Por el cual se establece el sistema de nomenclatura y clasificación y de funciones y requisitos generales de los empleos de las entidades territoriales que se regulan por las disposiciones de la Ley 909 de 2004.”, específicamente conforme con lo dispuesto en el artículo 7°.
“Los estudios se acreditarán mediante la presentación de certificados, diplomas, grados o títulos otorgados por las instituciones correspondientes. Para su validez requerirán de los registros y autenticaciones que determinen las normas vigentes sobre la materia. (…)
En los casos en que se requiera acreditar la tarjeta o matrícula profesional, podrá sustituirse por la certificación expedida por el organismo competente de otorgarla en la cual conste que dicho documento se encuentra en trámite, siempre y cuando se acredite el respectivo título o grado. (..)
En cuanto a los títulos obtenidos en el exterior se aplicará lo previsto en el artículo 8 del Decreto Ley 785 de 2005, el cual dispone:
“Los estudios realizados y los títulos obtenidos en el exterior requerirán para su validez de la homologación y convalidación por parte del Ministerio de Educación Nacional o de la autoridad competente.
Quienes hayan adelantado estudios de pregrado o de postgrado en el exterior, al momento de tomar posesión de un empleo público que exija para su desempeño estas modalidades de formación, podrán acreditar el cumplimiento de estos requisitos con la presentación de los certificados expedidos por la correspondiente institución de educación superior. Dentro de los dos (2) años siguientes a la fecha de posesión, el empleado deberá presentar los títulos debidamente homologados. Si no lo hiciere, se aplicará lo dispuesto en el artículo 5° de la Ley 190 de 1995 y las normas que la modifiquen o sustituyan (…)”
EN CUANTO A LAS CERTIFICACIONES DE EXPERIENCIA 
El artículo 229 del Decreto 019 de 2012 “Por el cual se dictan normas para suprimir o reformar regulaciones, procedimientos y trámites innecesarios existentes en la Administración Pública”señala:
“Para el ejercicio de las diferentes profesiones acreditadas por el Ministerio de Educación Nacional, la experiencia profesional se computará a partir de la terminación y aprobación del pensum académico de educación superior (…)”
Si el/la aspirante desea acreditar experiencia profesional a partir de la terminación de estudios, deberá anexar certificado expedido por la correspondiente institución superior que otorgó el título profesional, en la que conste la fecha en la que concluyó el pensum académico.
Para acreditar la experiencia requerida en cada uno de los empleos convocados, el aspirante deberá dar cumplimiento al artículo 12 del Decreto Ley 785 de 2005 citado con anterioridad, el cual dispone lo siguiente:
“La experiencia se acreditará mediante la presentación de constancias escritas, expedidas por la autoridad competente de las respectivas instituciones oficiales o privadas. Cuando el interesado haya ejercido su profesión o actividad en forma independiente, la experiencia se acreditará mediante declaración del mismo.
Las certificaciones de experiencia deberán contener, como mínimo, los siguientes datos:
12.1. Nombre o razón social de la entidad o empresa.
12.2. Tiempo de servicio.
12.3. Relación de funciones desempeñadas.
Cuando la persona aspire a ocupar un cargo público y en ejercicio de su profesión haya asesorado en el mismo período a una o varias instituciones , el tiempo de experiencia se contabilizará por una sola vez.”(Subrayado fuera de texto)
La experiencia adquirida por la ejecución de contratos u órdenes de prestación de servicios, se acreditará con el acta de liquidación o mediante certificación expedida por la funcionaria o funcionario competente de la entidad contratante, en la que conste:
1. Nombre de la entidad.
2. Fecha de inicio
3. Fecha de terminación
4. Obligaciones
En ningún caso se aceptarán copias de los contratos u ordenes de prestación de servicios.
2. PRUEBA SOBRE COMPETENCIAS BÁSICAS Y FUNCIONALES:
Corresponde a la prueba escrita cuya finalidad es evaluar los conocimientos de carácter general y competencias laborales relacionados con el cargo a proveer; esta prueba será de carácter ELIMINATORIO, tendrá una ponderación del sesenta por ciento (60%) en el proceso.
Cada prueba se compone de treinta (30) preguntas, aprobándose con el setenta por ciento (70%) de respuestas acertadas, es decir, veintiuno (21). En caso de que ningún candidato obtenga el puntaje mínimo aprobatorio se calificará por curva de conformidad con el método definido por el DASCD, de acuerdo a cada caso particular, con el fin de seleccionar los puntajes más cercanos al mínimo requerido.
A través de la página www.serviciocivil.gov.co se realizará la citación para la presentación de la prueba de competencias básicas y funcionales, únicamente a los aspirantes admitidos, indicando el lugar, fecha y hora de la misma. Ésta se hará únicamente de forma presencial y después de iniciada la prueba no se permitirá ingresar a ningún aspirante.
Los resultados de la prueba serán publicados a través de la página www.serviciocivil.gov.co indicando los aspirantes que continúan en el proceso.
Durante el día hábil siguiente a la publicación de resultados se recibirán las reclamaciones de conformidad con el procedimiento definido por el DASCD, que se publicará en la página adjunto al listado de resultados.
Una vez resueltas en firme las reclamaciones se expedirá una lista denominada Resultados Definitivos de Prueba Escrita, la cual elimina a aquellos que no aprobaron y habilita a los que aprobaron para continuar en el proceso.
3. ENTREVISTA
A través de esta, se confirman las destrezas, habilidades, valores, actitudes y conocimientos esenciales que debe poseer el aspirante, de conformidad con el Manual de Funciones y Competencias correspondiente. A esta fase pasan los aspirantes que hayan aprobado la prueba escrita.
La entrevista tendrá una ponderación del cuarenta por ciento (40%), y será de carácter CLASIFICATORIA. Las entrevistas se aplicarán conforme con los protocolos elaborados por el DASCD. Las entrevistas serán grupales y los jurados estarán compuestos por representantes de la Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte y del DASCD.
Los resultados de las entrevistas serán publicados en la página web del DASCD y durante el día hábil siguiente a la publicación de resultados se recibirán las reclamaciones de conformidad con el procedimiento definido por el DASCD, que aparecerá publicado en la página adjunto al listado de resultados.
Una vez resueltas en firme las reclamaciones se expedirá un listado denominado  Resultados definitivos de Entrevista. 
4. CONSOLIDACIÓN Y PUBLICACIÓN DE RESULTADOS
Los resultados del total de las pruebas aplicadas serán publicados a través de la página web del Departamento Administrativo del Servicio Civil Distrital www.serviciocivil.gov.co.
Los aspirantes que obtengan puntajes totales superiores o iguales al 70% serán los destinados a ocupar cada empleo, en estricto orden descendente y de acuerdo con la cantidad de cargos disponibles para cada empleo.
Para tal efecto la Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte – SDCRD, revisará la documentación aportada por los aspirantes a ocupar los cargos, a fin de verificar el cumplimiento de los requisitos establecidos para cada empleo, de conformidad con el Manual Especifico de Funciones y de Competencias.
Cabe destacar que no se genera obligación de vinculación en los casos en que con los documentos aportados el aspirante no cumpla con dichos requisitos caso en el cual, se llamará al siguiente de la lista de resultados finales, siempre y cuando este obtenga un puntaje total igual o superior al 70%.
En caso de empate en la lista definitiva, este se resolverá conforme con los siguientes criterios y en el mismo orden en caso de persistir el empate:
1. Con la persona que acredite encontrarse en situación de discapacidad.
2. Con quien acredite encontrarse inscrito en el registro público de carrera.
3. Con el aspirante que demuestre haber cumplido con el deber de votar en las elecciones inmediatamente anteriores (Ley 403 de 1997).
4. Con el aspirante que haya obtenido mayor puntaje en la prueba escrita de competencias funcionales.
Si agotados los anteriores criterios persiste el empate, se realizará sorteo en presencia de los interesados.
  – Más información SOBRE LA CONVOCATORIA AQUÍ
serviciocivil.gov.co