Tipos de contratos de arriendo en Colombia: cuáles hay y cómo funcionan
Tipos de contratos de arriendo en Colombia: cuáles hay y cómo funcionan
Tipos de contratos de arriendo en Colombia: cuáles hay y cómo funcionan. Mientras el arriendo sigue en auge, elegir el tipo de contrato adecuado es fundamental entre arrendador e inquilino, con el fin de evitar imprevistos.
El arriendo en Colombia se ha vuelto una de las opciones más escogidas por las personas para vivir. Esto teniendo en cuenta que, por las altas de interés, se ha vuelto difícil poder comprar una vivienda en el país.
Sin embargo, se espera que para este 2024, mientras la inflación sigue bajando de la mano de tasas de interés, la adquisición de vivienda pueda incentivarse y así cambiar ese panorama.
De igual manera, mientras el arriendo sigue en auge, elegir el tipo de contrato adecuado es fundamental entre arrendador e inquilino, con el fin de evitar imprevistos en determinada situación.
Por ello, es importante tener en cuenta los diferentes tipos de contrato de arriendo que existen con sus características y aspectos legales.
¿Cuáles son los tipos de contrato de arriendo en Colombia?
De acuerdo con la Ley 820 de 2003, la cual regula los contratos de arrendamiento de vivienda urbana, estos son los tipos de contrato de arriendo que existen en Colombia.
Según la forma
- Escrito: Se recomienda para mayor seguridad jurídica, ya que deja constancia clara de las obligaciones y derechos de ambas partes. Debe contener información como la identificación de las partes, descripción del inmueble, valor del canon, plazo del contrato, destino del inmueble, garantías, entre otros aspectos.
- Verbal: Aunque legalmente válido, es menos recomendable por la dificultad de probar las condiciones pactadas en caso de conflicto. Se recomienda dejar un registro escrito, como un acta de entrega del inmueble, para tener un mínimo de soporte legal.
Según el número de arrendatarios
- Individual: Se celebra entre un arrendador y un único arrendatario, quien será el responsable del pago del canon y demás obligaciones.
- Mancomunado: Dos o más personas asumen de forma solidaria la responsabilidad del contrato. Esto significa que cada uno responde por la totalidad de la deuda, no solo, por una parte.
- Compartido: Similar al individual, pero con la diferencia de que cada arrendatario tiene un espacio individual dentro del inmueble y solo responde por sus obligaciones y responsabilidades.
Según el destino del inmueble
- Vivienda: Se utiliza para el uso habitacional del arrendatario y su familia.
- Comercio: Se destina al desarrollo de una actividad comercial o industrial.
- Temporada: Se celebra por un periodo inferior a un año, generalmente para fines turísticos o vacacionales.
Otros tipos de contratos
- Arrendamiento de finca raíz: Se aplica a terrenos o predios rurales.
- Aparthotel: Combina las características de un hotel y un apartamento, con servicios adicionales como limpieza o lavandería.
Aspectos legales a tener en cuenta:
- Ley 820 de 2003: Regula los contratos de arrendamiento de vivienda urbana.
- Código Civil Colombiano: Contiene las normas generales sobre los contratos de arrendamiento.
- Decreto 1077 de 2015: Reglamenta el canon de arrendamiento en Colombia.
Finalmente, la recomendación es que, independientemente del tipo de contrato elegido, es fundamental leerlo cuidadosamente antes de firmarlo con el fin de evitar cualquier imprevisto.
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Tomado de: Pulzo 26 de febrero 2024
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