Conozca la reglamentación de las Fotomultas en Colombia
Seis meses después de que el Congreso aprobara la ley de fotomultas, el Ministerio de Transporte definió la reglamentación con la que se tendrán que regir quienes deseen instalar estos sistemas de fotocomparendos. Las fotomultas que ya existen también deberán acogerse a los criterios técnicos emitidos por el Ministerio. De no hacerlo, serán desmontadas.
Entre las cosas más importantes está que el comparendo se caerá si se demuestra que no había señalización, mínimo a 500 metros de distancia del dispositivo.
Se hizo oficial también que el recaudo máximo para los concesionarios privados que manejen las fotomultas será del 10 por ciento.
Además, un sistema de fotomultas solo podrá funcionar con una autorización de MinTransporte, que será entregada después de un estudio de viabilidad que la Agencia Nacional de Seguridad Vial deberá realizar a la solicitud de instalación. Es decir, se debe determinar que es necesaria su instalación.
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