Corte Constitucional hace fuerte llamado de atención por batidas
Un fuerte llamado de atención le hizo la Corte Constitucional al Ejército Nacional por la continuación de las denominadas batidas para el reclutamiento y conducción de jóvenes con el fin de que presenten el servicio militar obligatorio.
La Corporación asegura que “tales batidas o redadas son una modalidad de detención arbitraria incompatible con el artículo 28 de la Constitución Política de Colombia”, hecho por el cual advierte que existe una clara prohibición para continuar con este tipo de mecanismos.
El alto tribunal hizo este fuerte pronunciamiento al estudiar el caso de un joven que fue retenido en 2014 cuando se dirigía de la ciudad de Armenia a Caicedonia (Valle del Cauca) por militares de la Octava Brigada del Ejército. En ese momento el Comité Evaluador determinó que era portador del VIH por lo que existía una inhabilidad para prestar servicio.
Ante esto le indicaron que debía ingresar a la página web para registrarse y adelantar los trámites necesarios para definir su situación militar. Sin embargo, no lo pudo culminar puesto que le pedían datos relacionados con su padre del cual hace mucho tiempo no tiene conocimiento alguno sobre su paradero.
“El caso que la información suministrado no sea suficiente para que las personas continúen con el trámite, y en aras de hacer efectivo el derecho al debido proceso administrativo, las autoridades militares competentes deben remover las barreras administrativas y prestar un apoyo para que las personas puedan definir su situación militar”, precisa el fallo.
Estos inconvenientes han provocado que no pueda resolver su situación jurídica lo que le ha provocado inconvenientes para conseguir un trabajo afectando su manutención y el manejo de su enfermedad. Debido a esto la Corte le ordenó a la Jefatura de Reclutamiento, Control y Reservas del Ejército facilitar el proceso de registro.
elespectador.com