Casos en los que sí y no se debe pagar el impuesto 4×1000
Casos en los que sí y no se debe pagar el impuesto 4×1000
Casos en los que sí y no debe pagar el impuesto 4×1000. Actualmente siguen existiendo dudas acerca de en qué casos aplica el cobro del impuesto del 4×1.000 en Colombia y cómo se cobra.
El Gravamen a los Movimientos Financieros (GMF), comúnmente conocido como 4×1.000, es un impuesto en Colombia que se aplica a una amplia gama de transacciones financieras.
Su objetivo principal es recaudar fondos para financiar la seguridad, la salud y los programas sociales del gobierno.
Así mismo, actualmente siguen existiendo dudas acerca de en qué casos aplica el cobro del impuesto del 4×1.000 en Colombia y cómo se cobra.
Por ello, es importante que las personas conozcan en qué casos este impuesto se aplica y en los que no se realiza este cobro.
¿A qué transacciones se aplica el 4×1.000 en Colombia?
El 4×1.000 se aplica a los siguientes movimientos financieros:
- Recibos de remesas del exterior
- Transacciones financieras en las que existan recursos en cuentas corrientes o cuentas de ahorro, cuentas de depósito en el Banco de la República, saldos positivos en tarjetas de crédito.
- Expedición de cheques de gerencia.
- Débitos a fondos comunes ordinarios o fondos de valores.
- Desembolsos de créditos.
- Movimientos contables configurados en el pago de obligaciones, traslados derechos de cualquier título.
- Traslados de fondos a cualquier título o cesión de este.
- Desembolsos de créditos abonados y cancelados al instante.
¿En qué casos no se aplica el 4×1.000 en Colombia?
Existen algunas excepciones a la aplicación del 4×1000, entre las que se encuentran:
- Movimientos inferiores a $ 16.400.000: A partir de diciembre de 2024, las cuentas de ahorro y depósitos de bajo monto que en su conjunto no superen los $16.400.000 durante el mes, estarán exentas del pago del 4×1.000.
- Consignaciones de nómina y aportes a seguridad social: Estas consignaciones no están sujetas al gravamen.
- Retiros de efectivo para emergencias: En caso de eventos como fallecimiento, incapacidad física o incapacidad mental del titular de la cuenta, se puede solicitar la exención del 4×1.000 para retiros de efectivo destinados a cubrir dichas emergencias.
- Operaciones de tesorería del Estado: Estas operaciones no están gravadas con el 4×1000.
- Otras operaciones exentas: Es posible pedir la exención del cobro del 4×1000 en cuentas de ahorro. Para ello, debe llamar a la Entidad financiera y pedir que se realice el procedimiento.
¿Cómo se calcula el 4×1.000?
El 4×1.000 se calcula aplicando una tasa del 0,4 % sobre el valor de la transacción financiera. Por ejemplo, si retira $ 10.000 de un cajero automático, deberá pagar un 4×1.000 de $ 4.000.
Además, las entidades financieras son las encargadas de recaudar el 4×1.000 y de girarlo a la Dian (Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales).
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Tomado de: Pulzo, 04 de Julio 2024
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