Así se accede a los subsidios funerarios del Distrito

Así se accede a los subsidios funerarios del Distrito

Así se accede a los subsidios funerarios del Distrito.

La Unidad Administrativa Especial de Servicios Públicos-UAESP además de administrar los cementerios propiedad del Distrito, también les ofrece a los ciudadanos en condición de vulnerabilidad y/o pobreza  la posibilidad de acceder a subsidios funerarios; este es un apoyo económico, transitorio y oportuno, el cual cubre el 90% o el 100% del valor de los servicios funerarios en los Cementerios de Propiedad del Distrito.

Las personas interesadas en este servicio deben estar registrados en el Sistema de Información de la Secretaría Distrital de Integración Social-SIRBE o en las bases de datos de las entidades del orden Nacional o Distrital competentes.

Los subsidios funerarios cubren los costos de los servicios funerarios de: Inhumación: Depositar un cuerpo o cenizas en una bóveda. Exhumación: Sacar los restos de una bóveda. Cremación: reducción de un cuerpo o de restos por medio de un horno crematorio.

¿En qué consiste la subvención funeraria?

Es un apoyo transitorio y oportuno dirigido a las personas que no cuentan con recursos económicos para afrontar la situación de calamidad funeraria. Este, es otorgado por la Alcaldía Mayor de Bogotá, a través de la Unidad Administrativa Especial de Servicios Públicos-UAESP y también cubre los servicios funerarios de destino final en los cementerios del Norte, Sur, Central y Parque Serafín.

¿Cómo acceder a un subsidio funerario?

Acreditar la condición de vulnerabilidad, indicar el servicio funerario que se solicita y radicar en las oficinas de la UAESP, carta o formato de solicitud con nombres y apellidos completos del fallecido y solicitante, documento de identidad, dirección, teléfono y correo electrónico del solicitante (si lo tiene).

¿Cómo acreditar la condición de vulnerabilidad?

  • Puntaje de la base de datos del SISBÉN categoría A, B y C.
  • Población desplazada – víctimas del conflicto.
  • Población habitante de calle.
  • Grupos étnicos (indígenas, afros, pueblo palenquero, comunidad gitana o Pueblo Rom, etc.)
  • Nacionales venezolanos.

Requisitos y documentos para la solicitud

Carta de solicitud o formato que contenga:

  • Datos del peticionario.
  • Datos del fallecido.
  • Servicio y cementerio propiedad del Distrito.

Anexar

  • Registro civil de defunción – certificado de defunción.
  • Copia de cédula del peticionario.
  • Documento con el que se acredite la condición de vulnerabilidad.

Condiciones especiales

  • Propietarios de mausoleos – bóvedas, osarios o cenizarios: adjuntar certificado de tradición y libertad o escritura pública.
  • Muerte violenta: adjuntar certificado de Fiscalía que autoriza el procedimiento solicitado por el deudo (no mayor a 30 días de vigencia).
  • Proviene de otro cementerio: adjuntar certificado de procedencia de restos o cenizas.
  • Restos que se dirigen a otro cementerio: adjuntar certificado del cementerio al cual serán enviados los restos, que den cuenta de este hecho.

Tiempos de respuesta

  • Máximo diez (10) días hábiles a partir del recibo de la solicitud y confirmación del cumplimiento de los requisitos, para servicios de exhumación y cremación de restos.
  • Un (1) día para los servicios de inhumación o cremación de cuerpos.

Para tener en cuenta
No se subsidian servicios de sala de velación, laboratorio de tanatopraxia, capillas, cofres ni féretros.

Canales de atención

Virtual

Presencial y telefónico

  • Ventanilla de atención al público: Av. Caracas # 53-80 de 10 a.m. a 3 p.m. Teléfono 3385400 Opción 3
  • Cementerio Central: Cra 20 # 24 – 80 Teléfono: 7449775
  • Cementerio del Norte: Cll 68 # 29 B – 84 Teléfono: 7430093
  • Parque Cementerio Serafín: Av Cll 71 sur # 4 – 09 Teléfono: 746 0610
  • Cementerio del Sur: Cra 27 # 32 – 71 Sur. Teléfono: 3904544

Aquí más noticias de Bogotá, Colombia y el mundo

Tomado de: Radio Santafe