Casos en los que sí y no se debe pagar el impuesto 4×1000

Casos en los que sí y no se debe pagar el impuesto 4×1000

Casos en los que sí y no debe pagar el impuesto 4×1000. Actualmente siguen existiendo dudas acerca de en qué casos aplica el cobro del impuesto del 4×1.000 en Colombia y cómo se cobra.

El Gravamen a los Movimientos Financieros (GMF), comúnmente conocido como 4×1.000, es un impuesto en Colombia que se aplica a una amplia gama de transacciones financieras.

Su objetivo principal es recaudar fondos para financiar la seguridad, la salud y los programas sociales del gobierno.

Así mismo, actualmente siguen existiendo dudas acerca de en qué casos aplica el cobro del impuesto del 4×1.000 en Colombia y cómo se cobra.

Por ello, es importante que las personas conozcan en qué casos este impuesto se aplica y en los que no se realiza este cobro.

¿A qué transacciones se aplica el 4×1.000 en Colombia?

El 4×1.000 se aplica a los siguientes movimientos financieros:

  • Recibos de remesas del exterior
  • Transacciones financieras en las que existan recursos en cuentas corrientes o cuentas de ahorro, cuentas de depósito en el Banco de la República, saldos positivos en tarjetas de crédito.
  • Expedición de cheques de gerencia.
  • Débitos a fondos comunes ordinarios o fondos de valores.
  • Desembolsos de créditos.
  • Movimientos contables configurados en el pago de obligaciones, traslados derechos de cualquier título.
  • Traslados de fondos a cualquier título o cesión de este.
  • Desembolsos de créditos abonados y cancelados al instante.

¿En qué casos no se aplica el 4×1.000 en Colombia?

Existen algunas excepciones a la aplicación del 4×1000, entre las que se encuentran:

  • Movimientos inferiores a $ 16.400.000: A partir de diciembre de 2024, las cuentas de ahorro y depósitos de bajo monto que en su conjunto no superen los $16.400.000 durante el mes, estarán exentas del pago del 4×1.000.
  • Consignaciones de nómina y aportes a seguridad social: Estas consignaciones no están sujetas al gravamen.
  • Retiros de efectivo para emergencias: En caso de eventos como fallecimiento, incapacidad física o incapacidad mental del titular de la cuenta, se puede solicitar la exención del 4×1.000 para retiros de efectivo destinados a cubrir dichas emergencias.
  • Operaciones de tesorería del Estado: Estas operaciones no están gravadas con el 4×1000.
  • Otras operaciones exentas: Es posible pedir la exención del cobro del 4×1000 en cuentas de ahorro. Para ello, debe llamar a la Entidad financiera y pedir que se realice el procedimiento.

¿Cómo se calcula el 4×1.000?

El 4×1.000 se calcula aplicando una tasa del 0,4 % sobre el valor de la transacción financiera. Por ejemplo, si retira $ 10.000 de un cajero automático, deberá pagar un 4×1.000 de $ 4.000.

Además, las entidades financieras son las encargadas de recaudar el 4×1.000 y de girarlo a la Dian (Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales).

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Tomado de: Pulzo, 04 de Julio 2024

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