El Congreso aprobó reforma del Código de Policía; aquí el ABC de las nuevas normas
Por 86 a favor y 3 en contra, la plenaria de la Cámara de Representantes, aprobó en último debate la reforma del Código de Policía, que consagra nuevas herramientas a la institución policial para mejorar la seguridad ciudadana e incluye, entre otras cosas, la polémica facultad para ingresar a una vivienda sin orden judicial, en casos de urgencia o de peligro inminente para la vida de una persona, esto es, cuando se presente violencia o abusos contra una mujer, menores de edad o contra cualquier persona que esté dentro de un domicilio.
Con base en las nuevas normas, la policía podrá actuar contra mayor eficacia para reprimir casos menores, como vecinos ruidosos, multar a los que no recojan las ezes de sus mascotas, a los que boten basura en la calle, lo mismo que a quienes se cuelen en los sistemas de transporte masivo, utilizar indebidamente las líneas telefónicas de emergencia. Y hasta casos de mayor gravedad como robo de celulares, adulteración de licores y la minería criminal.
El nuevo Código mejora la relación policía–ciudadano y optimiza los niveles de seguridad enColombia, afirmó el Ministro de Defensa, Luis Carlos Villegas, quien añadió que la Cámara logró la aprobación de normas que pueden interpretar mejor las amenazas a la seguridad ciudadana en temas cotidianos como: hurto callejero, microtráfico, ruido, etc.
“Este país se ha transformado y su Código de Policía se había quedado atrás. El código que nos regía se creó –hace más de 40 años– cuando aún no existía el celular, ni la tecnología que hoy día tenemos”, señaló el ministro Villegas.
Añadió que este Nuevo Código de Policía y Convivencia le dará un nuevo aire de responsabilidad cívica a los ciudadanos y nuevas herramientas a la institución para mejorar la seguridad.
“Con esto la Policía aumenta sus compromisos y esperamos que la implementación del Código de Policía cambie la cultura ciudadana. No solamente la fuerza policial, sino también los deberes de los ciudadanos frente a los derechos colectivos y frente al Estado”, puntualizó.
El próximo lunes, 20 de junio, se votará la conciliación del Nuevo Código de Policía y Convivencia entre las bancadas de Senado y Cámara. Posteriormente, pasará a sanción del presidente, Juan Manuel Santos.
Puntos claves del Nuevo Código de Policía
El Nuevo Código de Policía y Convivencia reemplaza al que estuvo vigente desde 1970 y que no estaba acorde con los cambios sociales y de comportamiento.
La evolución del Código era necesaria debido a la evidente transformación de realidades sociales, comportamiento y sanciones a infractores.
También se ajusta a la Constitución de 1991 y es considerado una herramienta esencial para combatir con mayor certeza los delitos que afectan a diario a la ciudadanía.
Este manual permite enfrentar con rapidez y precisión, el robo de celulares, la invasión de espacio público, a quienes botan basura, hacen grafitis en sitios no autorizados o le dan mal uso a la Línea 123.
De igual manera aprueba la intervención en casos de mascotas ruidosas o de música a todo volumen en un vecindario, conjunto o edificio.
En casos de fiestas ruidosas, el actual Código autoriza la desactivación de equipos de sonido o parlantes que generan altos niveles de ruido y que interrumpen la tranquilidad de un vecindario.
Los invasores de terrenos, distribuidores de licores adulterados o quienes participen en actividades de minería criminal, serán combatidos con mayor eficacia, legal y jurídica.
En materia de protección de mascotas y/o animales se podrá corregir o sancionar a los dueños que incumplan normas de convivencia o tenencia de los mismos.
Habrá multas para quienes no recojan las necesidades que hacen sus mascotas en espacios o sitios públicos, inclusive, por pasearlas sin collar o bozal (en caso de razas peligrosas).
El ingreso de la Policía a una casa sin orden judicial, se hará únicamente en casos de urgencia o de peligro inminente para la vida de una persona.
Casos puntuales: violencia o abusos contra una mujer, menores de edad o cualquier persona que esté dentro de un domicilio.
Concretamente, el artículo en referencia, quedó así:
Los Jefes de Policía podrán dictar mandamiento escrito para el registro de domicilios o de sitios abiertos al público, en los siguientes casos:
1. Para aprehender a enfermo mental peligroso o enfermo contagioso.
2. Para inspeccionar algún lugar por motivo de salubridad pública.
3. Para obtener pruebas sobre la existencia de casas de juego o establecimiento que funcione contra la ley o reglamento.
4. Cuando sea necesario indagar sobre maniobras fraudulentas en las instalaciones de acueducto, energía eléctrica, teléfonos y otros servicios públicos.
5. Para practicar inspección ocular ordenada en procedimiento de policía.
6. Para examinar instalaciones de energía eléctrica y de gas, chimeneas, hornos, estufas, calderas, motores y máquinas en general y almacenamiento de sustancias inflamables o explosivas con el fin de prevenir accidente o calamidad.
7. Verificar que no exista maltrato, abuso o vulneración a los derechos de los niños, niñas y adolescentes, las mujeres y los adultos mayores.
Parágrafo 1°. La orden de ingreso a inmueble deberá ser escrita y motivada. Así mismo, deberá levantarse un acta en la que conste el procedimiento de Policía adelantado. El funcionario que autorizó el ingreso al inmueble deberá enviar de inmediato la orden de ingreso y el acta al Ministerio Público. Podrán utilizarse y enviarse otros medios de documentación del procedimiento.
Multas / Sanciones económicas
De otro lado, estas son las sanciones incluidas en el nuevo Código de Policía y Convivencia:
Tendrá que pagar $91.927 la persona que ingrese, o que intente ingresar a un niño o menor de edad a un evento en el que la vida o integridad –física y moral – del mismo pueda estar en riesgo.
En el anterior caso se deben atender las restricciones establecidas por la Policía sobre cuál es la edad mínima para el ingreso de menores a un evento.
Los conductores que no respeten señales de tránsito o que realicen maniobras peligrosas o de alto riesgo, también serán multados con cuatro salarios mínimos diarios, es decir, $91.927 pesos.
Habrá multas de $183.854 (8 salarios mínimos diarios) para quienes compren, alquilen o usen celulares reportados por robo, pérdida o que tengan el número de identificación físico reprogramado, remarcado o borrado.
Habrá multas de $367.709 (16 salarios mínimos diarios) a quien destruya, manipule, altere o fuerce las puertas o sistemas de acceso en un sistema de transporte masivo (estaciones, buses articulados, metro, tranvía, vehículo férreo, cable aéreo) o vehículos de servicio público o urbano de pasajeros.
Impedir el uso y funcionamiento normal de los sistemas de transporte mencionados anteriormente, salvo momentos de emergencia, también implica multas.
El Código de Policía contempla sanciones de $735.418 (32 salarios mínimos diarios) para las siguientes conductas:
– Botar basura en la calle.
– Irrespetar o retar a la autoridad policial.
– Incumplir, desobedecer o interrumpir la labor de un policía.
– Resistirse a la aplicación de una medida o norma.
– Agredir de cualquier manera o lanzar objetos o sustancias a un uniformado.
– Utilizar de manera ilegal la línea telefónica de seguridad y emergencia 123
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