Abecé: averigüe el valor del impuesto de su vehículo
Siga estos pasos para saber cuánto debe pagar, de acuerdo con nueva tabla de avalúos.
Paso 1:
Primero debe consultar el avalúo de su vehículo, de acuerdo con la nueva tabla del Ministerio de Transporte. Para eso, ingrese a la página web mintransporte.gov.co y dé clic en la parte derecha donde dice ‘Aplicativo: cálculo de la base gravable del pago de impuestos de vehículo’. Para ingresar directamente, haga clic aquí.
Paso 2:
Seleccione el tipo de vehículo, la clase, la marca, la línea, el cilindraje y el modelo, y luego llene la casilla con los números o letras que aparecen en el recuadro vino tinto. Después, dé clic en ‘buscar’. Ahí lo debe llevar a una nueva página donde le dirá el valor comercial de su vehículo.
Si el vehículo es nuevo y no tiene avalúo establecido por el Ministerio, el avalúo es el valor de la factura de compra, excluyendo el IVA.
Paso 3:
Usted debe tener en cuenta la tarifa del impuesto, que está clasificada de la siguiente manera, según el valor del automotor, obtenido en el paso 2:
Tarifa de 1,5 por ciento para vehículos avaluados en hasta $ 42.673.000.
Tarifa de 2,5 por ciento para vehículos avaluados en más de $ 42.673.000 hasta $ 96.013.000
Tarifa de 3,5 por ciento para vehículos avaluados en más de $ 96.013.000
Paso 4:
Teniendo en cuenta el avalúo y la tarifa que aplica para su vehículo, usted debe realizar una regla de tres simple, en la que debe multiplicar el valor comercial del vehículo por la tarifa del impuesto. Luego, el resultado debe dividirlo entre 100. Ese será el valor del impuesto que usted debe pagar.
Por ejemplo: Si su carro está avaluado en $ 28 millones, el impuesto será de $ 420.000. La operación es así:
28.0000 (base gravable) X 1.5 (tarifa) = 42.000.000
Luego: 42.000.000 / 100 = 420.000 (impuesto a pagar)
Tenga en cuenta:
– A los vehículos usados que les haya aumentado la tarifa a aplicar por efecto de la nueva base gravable y por ende se les haya incrementado el valor a cancelar, seguirán usando la tarifa que aplicaron en el año fiscal 2015.
– Al realizar la liquidación del impuesto, usted debe cancelar los derechos de semaforización. Para 2016, en el caso de Bogotá, equivalen a $ 43.000. Para otras ciudades, se debe tener en cuenta la tasa de ordenanza, cuya tarifa establece cada departamento.
– Modelos de vehículos anteriores al año 1991 obtendrán su base gravable de acuerdo con la tabla de avalúos de 1991.
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