¿Qué opina? Esto pasará en Bogotá con la restricción de parrillero en moto

La administración anunció que dicha medida irá hasta el 2 de agosto. Algunos moteros manifiestan que pondrán acciones legales para evitar dicha medida.

Este lunes, la administración, anunció que la restricción de parrillero hombre en algunas zonas de Bogotá, como se venía haciendo desde hace dos meses en la ciudad, para mejorar la seguridad, irá por tres meses más, hasta el 2 de agosto. Dicho anunció generó molestia en el gremio de moteros, quienes adelantan procesos jurídicos para detener la decisión.

Según indicó, Henry Alfonso, vocero de los motociclistas, a Caracol Radio, se está “adelantando un derecho de nulidad porque el término ‘parrillero’ no existe en el Código Nacional de Tránsito y además nos parece una medida arbitraria”.

Por ello, otros voceros piden, que se tomen medidas alternas a la restricción del parrillero, pues aseguran que la inseguridad sigue y que es una norma que los afecta.

Sobre este tema, la Secretaría de Movilidad, indicó que durante los meses que aplicó la medida,  el hurto a personas disminuyó en un 27,5% y el hurto a celulares cayó 30%, ambos indicadores en la zona de restricción.

Y pese a los llamados de algunos de los moteros, el secretario de Movilidad, Daniel Mejía, indicó que “se tuvo en cuenta reuniones con el gremio de moteros, llamados de la comunidad para que la medida se mantenga y balanceando esto se tomó la decisión en el consejo de seguridad que esta se mantuviera por seis meses más”.

Según el Distrito, estas son las especificaciones de dicha medida: La ampliación de la medida que prohíbe en una zona específica de la ciudad el tránsito de motocicletas de 125 centímetros cúbicos o más con parrillero hombre mayor de 14 años. Las motocicletas de la Fuerza Pública, Autoridades de Tránsito y Transporte, Organismos de Emergencia y Socorro, Prevención y Salud si podrán transitar, así como las motocicletas de personal de seguridad privada, las utilizados por empresas que prestan Servicios Públicos Domiciliarios, las registradas como vehículos para transporte de personas en condición de discapacidad, las de enseñanza, o las motocicletas que prestan asistencia de “conductor elegido”.

Los conductores o propietarios de moto que descubran violando la restricción del parrillero hombre en las zonas demarcadas serán sancionados con una multa equivalente a 15 salarios mínimos legales diarios vigentes (SMLDV), es decir, $390.000. Además, las autoridades podrían inmovilizar el automotor. En estos procedimientos, el encargado de hacer cumplir la norma es la Policía de Tránsito de Bogotá.

 

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