Nicaragua pide a Colombia acatar a plenitud fallo CIJ sobre límite marítimo

El presidente de Nicaragua, Daniel Ortega, instó a Colombia a que cumpla a “plenitud” la sentencia de la Corte Internacional de Justicia (CIJ) de La Haya, que definió los espacios marítimos de ambos países en el Caribe.

“Ellos (Colombia) tienen el reto, el desafío, que ese fallo de la Corte, que le dio a Nicaragua 90.000 kilómetros cuadrados en el mar Caribe se aplique a plenitud ya desde el punto de vista legal, constitucional”, abogó el mandatario en un discurso en ocasión del 36 aniversario del Cuerpo Médico Militar del Ejército de Nicaragua.

Ortega consideró necesario que el Congreso de Colombia actúe en correspondencia con el fallo de la CIJ, como ya hizo la Asamblea Nacional (Parlamento) de Nicaragua.

“El Congreso de Nicaragua ya cumplió su parte, ahora falta que el Congreso colombiano cumpla su parte”, añadió.

En noviembre de 2012, el máximo tribunal de las Naciones Unidas definió los límites marítimos de Nicaragua y Colombia en el Caribe, dejando bajo soberanía colombiana siete cayos del archipiélago de San Andrés, cuyas islas mayores ya se habían concedido a Bogotá en 2007.

A Nicaragua le otorgó una franja marina en esa zona, que Colombia calcula en unos 75.000 kilómetros cuadrados, y el país centroamericano en más de 90.000 kilómetros cuadrados.

En su discurso, Ortega recordó que un 26 de agosto de 1946, un día como hoy, se suscribió en Colombia el tratado constitutivo de la CIJ de La Haya, conocido como Pacto de Bogotá.

“El desafío y el reto para Colombia es que siendo el país sede de la firma de ese tratado, ahora tiene el reto de encontrar la forma desde el punto de vista jurídico, legal” de acatar el fallo de la CIJ, anotó el mandatario nicaragüense.

El líder sandinista dijo que ha hablado sobre este tema con su homólogo colombiano, Juan Manuel Santos, y que ha “entendido muy bien” al mandatario suramericano debido a la postura de este acerca de que el fallo de la CIJ no es aplicable para Colombia.

Santos ha dicho que ese fallo “no es aplicable y no será aplicable” hasta que no se celebre un tratado que respete los derechos de los colombianos y que deberá ser aprobado de conformidad con lo señalado en la Constitución colombiana.

La Constitución colombiana establece en su artículo 101 que los límites de la nación “solo podrán modificarse en virtud de tratados aprobados por el Congreso, debidamente ratificados por el presidente de la República”.

EFE